Si el papa puede estar al frente de su iglesia durante 15 o 30 años, nadie dice nada, pero si el presidente de Venezuela o de Gabón presenta un proyecto de ley por el cual puede ser reelecto de por vida, ahí la prensa local, CNN, los ángeles y el comisario arman el escándalo de manual. Y me dirás que Juan Pablo II, a diferencia de Juan Benítez, goza de la infalibilidad otorgada por Dios, pero, te diré que no, puesto que en tiempos de Juan Pablo las divorciadas no comulgaban, y ahora sí, y esto por citar sólo un ejemplo.
Veamos, así como la línea de acción determinada por un presidente puede ser cambiada por su sucesor, así mismo muchas determinaciones tomadas por un papa fueron cambiadas por el papa siguiente —incluyendo excomuniones—. Es decir, rectificar es una cosa que se da hasta en entre los católicos, que ya es mucho. Marco esto porque así como rectificar es posible, también ratificar puede ser igualmente necesario, dependiendo de qué variables estén en juego. Como muestra: se puede rectificar una legislación que incluye la condena a muerte mientras se ratifica la prohibición del aborto, dentro del respeto del derecho a la vida.
Ahora, si un presidente se muestra capaz de equis logros, ¿a razón de qué removerlo? «Porque así lo establece la Constitución», eso ya lo sé. ¿Pero sobre la base de qué lo establece la constitución? ¿Sobre la base de un copiar/pegar de cien constituciones similares? Si cada cinco años un niño cambia de padres, ¿cómo sería su formación? Si cada cinco años todos los colegios cambiasen su directiva, ¿implementarían cambios sostenibles a largo plazo? ¿Qué proyecto de reforma energética estructural, o educativa, por ejemplo, conllevaría menos de diez años? Si sólo transparentar un gobierno es cuestión de 12 a 15 meses.
Aparte, y esto es lo irrisorio, si el presidente, como funcionario público sólo puede serlo por un tiempo limitado, ¿por qué los demás funcionarios públicos pueden serlo indefinidamente, e incluso ir ascendiendo, presidente tras presidente? ¿Por qué los senadores y diputados pueden ejercer esa función continuamente? Porque también así lo establece el copiar/pegar de otras constituciones, sí. ¿Y por qué los jueces, fiscales, y demás regentes del sistema judicial pueden ejercer sus funciones período tras período, eternamente? Es decir, el de la foto ejecutiva sólo está un tiempito, pero los que mueven la maquinaria están todo el tiempo que quieren, ¿correcto?
Finalmente, si a las elecciones presidenciales se postulan como candidatos un angelito y un diablito, y, por ley, cada candidato sólo puede ser elegido por dos períodos, pues nada, la gente votará por el angelito, pero solo podrá tenerlo de presidente dos períodos. Del mismo modo y acabada la cena, si el diablito resulta electo, y por dos períodos, ni modo, para el tercer período, siempre por ley, sí o sí, tendrá que ser electo el angelito. De este modo, la rotación generará un equilibrio, ¿no? Pues la historia dice que no, ¿o en los últimos 30 años ganó un angelito?
–
Photo by Nacho Arteaga on Unsplash
Deja una respuesta